Sunday 15 October 2017

Contabilización De Opciones De Acciones Canceladas Ifrs


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IAS Plus IAS más IAS Plus IFRS 2 Pagos basados ​​en acciones Quick Article Enlaces Visión general La NIIF 2 Pagos basados ​​en acciones requiere que una entidad reconozca las transacciones de pago basadas en acciones (tales como acciones concedidas, opciones de acciones o derechos de apreciación de acciones) en sus estados financieros , Incluidas las transacciones con empleados u otras partes para liquidar en efectivo, otros activos o instrumentos de patrimonio de la entidad. Se incluyen requisitos específicos para operaciones de pago basadas en acciones basadas en acciones y liquidadas en efectivo, así como aquellas en las que la entidad o proveedor puede elegir entre instrumentos de efectivo o de capital. IFRS 2 se emitió originalmente en febrero de 2004 y se aplicó por primera vez a los períodos anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2005. Historial de la NIIF 2 G41 Documento de discusión Contabilidad de los pagos basados ​​en acciones publicadas Fecha límite de comentarios 31 octubre 2000 Proyecto agregado al IASB Historia del proyecto IASB invita a comentarios sobre G41 Documento de discusión Contabilidad para Pagos Basados ​​en Acciones Fecha límite de comentarios 15 Diciembre 2001 Exposure Draft ED 2 Pagos basados ​​en acciones publicados Fecha límite para comentarios 7 Marzo 2003 IFRS 2 Pagos basados ​​en acciones emitidos Efectivo para ejercicios iniciados en o después del 1 de enero de 2005 (Modificaciones a la NIIF 2) Aplicable a los períodos anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2009 Modificado por Mejoras a las NIIF (alcance de la NIIF 2 y la NIIF revisada 3) Efectivo para los períodos anuales que comiencen a partir del 1 de julio de 2009 Modificado por las transacciones de pago basadas en acciones liquidadas en efectivo del grupo Efectivo para los períodos anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2010 Modificado por las mejoras anuales a las NIIF 20102012 Ciclo Periodos que comiencen a partir del 1 de julio de 2014 Modificado por Clasificación y Medición de Operaciones de Pago Basadas en Acciones (Enmiendas a la NIIF 2) Efectivo para períodos anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2018 Interpretaciones relacionadas Enmiendas en consideración Resumen de la NIIF 2 En junio de 2007, Deloitte IFRS Global Office publicó una versión actualizada de nuestra Guía IAS Plus de la NIIF 2 Pagos basados ​​en acciones 2007 (PDF 748k, 128 páginas). La guía no sólo explica las disposiciones detalladas de la NIIF 2 sino que también trata de su aplicación en muchas situaciones prácticas. Debido a la complejidad y la variedad de los premios de pago basado en acciones en la práctica, no siempre es posible ser definitivo en cuanto a cuál es la respuesta correcta. Sin embargo, en esta guía, Deloitte comparte con usted nuestro enfoque para encontrar soluciones que creemos estar de acuerdo con el objetivo de la Norma. Edición especial de nuestro boletín IAS Plus Encontrará un resumen de cuatro páginas de la NIIF 2 en una edición especial de nuestro boletín IAS Plus (PDF 49k). Definición de pago basado en acciones Un pago basado en acciones es una transacción en la cual la entidad recibe bienes o servicios como contrapartida de sus instrumentos de patrimonio o incurriendo en pasivos por montos basados ​​en el precio de las acciones de los derechos o de otros instrumentos de patrimonio de la entidad . Los requisitos contables para el pago basado en acciones dependen de cómo se liquidará la transacción, es decir, mediante la emisión de (a) capital, (b) efectivo, (c) capital o efectivo. Alcance El concepto de pagos basados ​​en acciones es más amplio que las opciones de acciones de los empleados. La NIIF 2 abarca la emisión de acciones, o derechos sobre acciones, a cambio de servicios y bienes. Ejemplos de elementos incluidos en el alcance de la NIIF 2 son derechos de apreciación de acciones, planes de compra de acciones de empleados, planes de propiedad de acciones de empleados, planes de opciones de acciones y planes donde la emisión de acciones (o derechos de acciones) Condiciones. La NIIF 2 se aplica a todas las entidades. No hay exención para entidades privadas o pequeñas. Además, las filiales que utilizan sus padres o filiales subsidiarias como contrapartida de bienes o servicios están dentro del alcance de la Norma. Hay dos excepciones al principio de alcance general: Primero, la emisión de acciones en una combinación de negocios debe ser contabilizada de acuerdo con la NIIF 3 Combinaciones de Negocios. Sin embargo, debe tenerse cuidado de distinguir los pagos basados ​​en acciones relacionados con la adquisición de los relacionados con los servicios continuos de los empleados. En segundo lugar, la NIIF 2 no aborda los pagos basados ​​en acciones dentro del alcance de los párrafos 8-10 de la NIC 32 Instrumentos Financieros. O los párrafos 5-7 de la NIC 39 Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medición. Por lo tanto, la NIC 32 y la NIC 39 deben aplicarse para los contratos de derivados basados ​​en productos básicos que pueden ser liquidados en acciones o derechos sobre acciones. La NIIF 2 no se aplica a transacciones de pago basadas en acciones que no sean para la adquisición de bienes y servicios. Por lo tanto, los dividendos de acciones, la compra de acciones propias y la emisión de acciones adicionales quedan fuera de su alcance. Reconocimiento y valoración La emisión de acciones o derechos a acciones requiere un aumento en un componente del patrimonio neto. La NIIF 2 requiere que la partida de débito compensatorio sea registrada como gasto cuando el pago de bienes o servicios no representa un activo. El gasto debe ser reconocido como los bienes o servicios se consumen. Por ejemplo, la emisión de acciones o derechos a acciones para comprar inventario se presentaría como un aumento en el inventario y se contabilizaría sólo una vez que el inventario se vendiera o deteriorara. Se supone que la emisión de acciones totalmente adquiridas, o derechos sobre acciones, se relaciona con el servicio pasado, requiriendo que el valor completo del valor razonable de la fecha de la concesión se contabilice inmediatamente. Se considera que la emisión de acciones a los empleados con, por ejemplo, un período de consolidación de tres años, se relaciona con los servicios durante el período de consolidación de derechos. Por lo tanto, el valor razonable del pago basado en acciones, determinado a la fecha de la concesión, debe ser gasto durante el período de consolidación de derechos. Como principio general, el gasto total relacionado con los pagos basados ​​en acciones basados ​​en acciones equivaldrá al múltiplo del total de instrumentos que se adquieran y al valor razonable de fecha de cesión de dichos instrumentos. En pocas palabras, hay truing up para reflejar lo que sucede durante el período de adquisición. Sin embargo, si el pago basado en acciones con liquidación de acciones tiene una condición de rendimiento relacionada con el mercado, el gasto aún se reconocería si se cumplen todas las demás condiciones de consolidación. El siguiente ejemplo proporciona una ilustración de un pago basado en acciones típico con liquidación de acciones. Ilustración Reconocimiento de la concesión de opciones de acciones de los empleados La Compañía otorga un total de 100 opciones de acciones a 10 miembros de su equipo de administración ejecutiva (10 opciones cada una) el 1 de enero de 20X5. Estas opciones se otorgan al final de un período de tres años. La compañía ha determinado que cada opción tiene un valor razonable en la fecha de la concesión igual a 15. La compañía espera que las 100 opciones se conviertan y por lo tanto registra la siguiente entrada al 30 de junio 20X5 - el final de su primer informe semestral de información intermedia período. Dr. Gastos de opciones de acciones (90 15) 6 períodos 225 por período. 225 4 250250250 150 Dependiendo del tipo de pago basado en acciones, el valor razonable puede determinarse por el valor de las acciones o derechos a las acciones cedidas o por el valor de los bienes o servicios recibidos: Principio general de valoración del valor razonable. En principio, las transacciones en las que se reciben bienes o servicios como contrapartida de instrumentos de patrimonio de la entidad deben medirse al valor razonable de los bienes o servicios recibidos. Sólo si el valor razonable de los bienes o servicios no puede ser medido de forma fiable se utilizaría el valor razonable de los instrumentos de patrimonio concedidos. Medición de las opciones de acciones de los empleados. Para las transacciones con empleados y otras personas que prestan servicios similares, se requiere que la entidad mida el valor razonable de los instrumentos de patrimonio otorgados, porque típicamente no es posible estimar con fiabilidad el valor razonable de los servicios recibidos de los empleados. Cuándo medir el valor razonable - opciones. Para las transacciones valoradas al valor razonable de los instrumentos de patrimonio concedidos (como las transacciones con empleados), el valor razonable debe estimarse en la fecha de concesión. Cuándo medir el valor razonable - bienes y servicios. Para las transacciones valoradas al valor razonable de los bienes o servicios recibidos, el valor razonable debe estimarse en la fecha de recepción de dichos bienes o servicios. Guía de medición. Para los bienes o servicios medidos por referencia al valor razonable de los instrumentos de patrimonio concedidos, la NIIF 2 especifica que, en general, las condiciones de adquisición no se tienen en cuenta al estimar el valor razonable de las acciones u opciones a la fecha de medición pertinente encima). En su lugar, las condiciones de concesión se tienen en cuenta ajustando el número de instrumentos de patrimonio incluidos en la medición del monto de la transacción de manera que, en última instancia, la cantidad reconocida por bienes o servicios recibidos como contrapartida de los instrumentos de patrimonio concedidos se base en el número de patrimonio Instrumentos que finalmente se conceden. Más guías de medición. La NIIF 2 requiere que el valor razonable de los instrumentos de patrimonio concedidos se base en los precios de mercado, si están disponibles, y para tener en cuenta los términos y condiciones en los que se concedieron dichos instrumentos de patrimonio. En ausencia de precios de mercado, el valor razonable se estima utilizando una técnica de valoración para estimar cuál habría sido el precio de esos instrumentos de patrimonio en la fecha de medición en una transacción de longitud armada entre partes informadas y dispuestas. La norma no especifica qué modelo particular debe utilizarse. Si el valor razonable no puede ser medido confiablemente. La NIIF 2 requiere que la transacción de pago basada en acciones se mida a su valor razonable tanto para las entidades cotizadas como para las no cotizadas. La NIIF 2 permite el uso de valor intrínseco (es decir, el valor razonable de las acciones menos el precio de ejercicio) en aquellos raros casos en los que el valor razonable de los instrumentos de patrimonio no puede ser medido con fiabilidad. Sin embargo, esto no se mide simplemente en la fecha de concesión. Una entidad tendría que volver a medir el valor intrínseco en cada fecha de presentación de informes hasta su liquidación final. Condiciones de funcionamiento. La NIIF 2 establece una distinción entre el manejo de las condiciones de desempeño basadas en el mercado y las condiciones de desempeño fuera del mercado. Las condiciones de mercado son aquellas relacionadas con el precio de mercado de un patrimonio de entidades, tales como el logro de un precio de acción especificado o un objetivo específico basado en una comparación del precio de la acción de la entidad con un índice de precios de las acciones de otras entidades. Las condiciones de rendimiento basadas en el mercado se incluyen en la medición del valor razonable de la fecha de concesión (de forma similar, se tienen en cuenta las condiciones de no retribución en la medición). No obstante, el valor razonable de los instrumentos de patrimonio no se ajusta para tener en cuenta las características de rendimiento no basadas en el mercado, sino que se tienen en cuenta al ajustar el número de instrumentos de patrimonio incluidos en la medición de la operación de pago basado en acciones. Ajustado cada período hasta el momento en que se adquieran los instrumentos de patrimonio. Nota: Mejoras anuales a las NIIF 20102012 Ciclo enmendar las definiciones de condición de consolidación y condición de mercado y agrega definiciones de condición de desempeño y condición de servicio (que anteriormente formaban parte de la definición de condición de consolidación). Modificaciones, cancelaciones y liquidaciones La determinación de si un cambio en los términos y condiciones tiene un efecto en el monto reconocido depende de si el valor razonable de los nuevos instrumentos es mayor Que el valor razonable de los instrumentos originales (ambos determinados a la fecha de modificación). La modificación de los términos en los que se concedieron instrumentos de patrimonio puede tener un efecto sobre el gasto que se registrará. La NIIF 2 aclara que la orientación sobre las modificaciones también se aplica a los instrumentos modificados después de su fecha de adquisición. Si el valor razonable de los nuevos instrumentos es superior al valor razonable de los instrumentos antiguos (por ejemplo, mediante la reducción del precio de ejercicio o la emisión de instrumentos adicionales), el importe incremental se reconoce durante el período de carencia restante de manera similar al original cantidad. Si la modificación se produce después del período de consolidación, el importe incremental se reconoce inmediatamente. Si el valor razonable de los nuevos instrumentos es inferior al valor razonable de los instrumentos antiguos, el valor razonable original de los instrumentos de patrimonio concedidos debe ser registrado como si la modificación no hubiera ocurrido nunca. La cancelación o liquidación de instrumentos de patrimonio se contabiliza como una aceleración del período de carencia y, por lo tanto, cualquier importe no reconocido que de otro modo se hubiera cargado deberá reconocerse inmediatamente. Cualquier pago efectuado con la cancelación o liquidación (hasta el valor razonable de los instrumentos de patrimonio) debe contabilizarse como la recompra de una participación accionaria. Cualquier pago que supere el valor razonable de los instrumentos de patrimonio concedidos se reconoce como un gasto Los nuevos instrumentos de patrimonio concedidos pueden identificarse como un reemplazo de instrumentos de patrimonio cancelados. En esos casos, los instrumentos de patrimonio de sustitución se contabilizan como una modificación. El valor razonable de los instrumentos de patrimonio de sustitución se determina en la fecha de concesión, mientras que el valor razonable de los instrumentos cancelados se determina en la fecha de cancelación, menos los pagos en efectivo por cancelación que se contabilizan como una deducción del patrimonio neto. Divulgación Las divulgaciones requeridas incluyen: la naturaleza y el alcance de los acuerdos de pago basados ​​en acciones que existieron durante el período en que se determinó el valor razonable de los bienes o servicios recibidos o el valor razonable de los instrumentos de patrimonio concedidos durante el período; Sobre la base de los resultados del período y de su situación financiera. Fecha de vigencia La NIIF 2 es efectiva para los períodos anuales que comiencen en o después del 1 de enero de 2005. Se recomienda la aplicación anticipada. Transición Todos los pagos basados ​​en acciones, liquidados con base en acciones, concedidos después del 7 de noviembre de 2002, que aún no se hayan adquirido a la fecha de entrada en vigencia de la NIIF 2, se contabilizarán utilizando las disposiciones de la NIIF 2. Las entidades se permiten y fomentan, La NIIF a otras subvenciones de instrumentos de patrimonio si (y sólo si) la entidad ha revelado previamente públicamente el valor razonable de dichos instrumentos de patrimonio determinado de acuerdo con la NIIF 2. La información comparativa presentada de acuerdo con la NIC 1 deberá ser reexpresada para todas las Instrumentos de patrimonio a los que se aplican los requisitos de la NIIF 2. El ajuste para reflejar este cambio se presenta en el saldo de apertura de las utilidades retenidas para el período más temprano presentado. La NIIF 2 enmienda el párrafo 13 de la NIIF 1 Adopción por primera vez de las Normas Internacionales de Información Financiera para añadir una exención para las transacciones de pago basado en acciones. Al igual que las entidades que ya aplican las NIIF, los adoptantes por primera vez tendrán que aplicar la NIIF 2 para las transacciones de pago basado en acciones a partir del 7 de noviembre de 2002. Adicionalmente, un adoptante por primera vez no está obligado a aplicar NIIF 2 a pagos basados ​​en acciones concedidos A partir de la fecha de transición a las NIIF y (b) 1 de enero de 2005. El adoptante por primera vez podrá optar por aplicar la NIIF 2 con anterioridad sólo si ha revelado públicamente el valor razonable de la Pagos basados ​​en acciones determinados en la fecha de medición de acuerdo con la NIIF 2. Diferencias con la Declaración del FASB 123 Revisado 2004 En diciembre de 2004, el FASB de los Estados Unidos publicó la Declaración 123 del FASB (revisada en 2004). La Declaración 123 (R) requiere que el costo de compensación relacionado con transacciones de pago basado en acciones se reconozca en los estados financieros. Haga clic para obtener el comunicado de prensa del FASB (PDF 17k). Deloitte (Estados Unidos) ha publicado un número especial de su boletín informativo Heads Up resumiendo los conceptos clave de la Declaración FASB No. 123 (R). Haga clic para descargar el boletín informativo Heads Up (PDF 292k). Aunque la Declaración 123 (R) es en gran parte compatible con la NIIF 2, subsisten algunas diferencias, como se describe en un documento de QampA FASB emitido junto con la nueva Declaración: Q22. La Declaración es convergente con las Normas Internacionales de Información Financiera La Declaración es en gran medida convergente con la Norma Internacional de Información Financiera (NIIF) 2, Pago basado en acciones. La Declaración y la NIIF 2 tienen el potencial de diferir sólo en algunas áreas. A continuación se describen brevemente las áreas más significativas. La NIIF 2 requiere el uso del método modificado de fecha de concesión para acuerdos de pago basado en acciones con no empleados. Por el contrario, el número 96-18 requiere que las donaciones de opciones sobre acciones y otros instrumentos de patrimonio para los no empleados se midan en la primera (1) fecha en que se alcanza un compromiso de rendimiento por parte de la contraparte para obtener los instrumentos de patrimonio o (2) La fecha en que el desempeño de las contrapartes esté completo. La NIIF 2 contiene criterios más estrictos para determinar si un plan de compra de acciones es compensatorio o no. Como resultado, algunos planes de compra de acciones de los empleados para los cuales la NIIF 2 requiere el reconocimiento del costo de compensación no se considerarán para dar lugar al costo de compensación bajo la Declaración. La NIIF 2 aplica los mismos requisitos de medición a las opciones sobre acciones de los empleados, independientemente de si el emisor es una entidad pública o no pública. La Declaración requiere que una entidad no pública cuente sus opciones e instrumentos de patrimonio similares basados ​​en su valor razonable a menos que no sea posible estimar la volatilidad esperada del precio de la acción de la entidad. En esa situación, se requiere que la entidad mida sus opciones sobre acciones e instrumentos similares a un valor utilizando la volatilidad histórica de un índice sectorial apropiado. En las jurisdicciones fiscales como Estados Unidos, donde el valor temporal de las opciones sobre acciones generalmente no es deducible a efectos fiscales, la NIIF 2 requiere que no se reconozca ningún activo por impuestos diferidos por el costo de compensación relacionado con el componente de valor de tiempo del valor razonable de un premio. Un activo por impuestos diferidos se reconoce sólo si y cuando las opciones de acciones tienen un valor intrínseco que podría ser deducible a efectos fiscales. Por lo tanto, una entidad que otorga una opción de acciones al dinero a un empleado a cambio de servicios no reconocerá los efectos tributarios hasta que el premio esté en el dinero. En cambio, la Declaración requiere el reconocimiento de un activo por impuestos diferidos basado en el valor razonable de la fecha de concesión del premio. Los efectos de las posteriores disminuciones en el precio de la acción (o la falta de un aumento) no se reflejan en la contabilización del activo por impuestos diferidos hasta que el costo de compensación relacionado se reconozca a efectos fiscales. Los efectos de aumentos posteriores que generan exceso de beneficios tributarios se reconocen cuando afectan los impuestos a pagar. La Declaración requiere un enfoque de cartera para determinar los excesos de beneficios tributarios de los premios de capital en el capital pagado disponible para compensar la cancelación de activos por impuestos diferidos, mientras que la NIIF 2 requiere un enfoque individual de instrumentos. Por lo tanto, algunas cancelaciones de activos por impuestos diferidos que se reconocerán en el capital pagado bajo la Declaración se reconocerán en la determinación de la utilidad neta según la NIIF 2. Las diferencias entre la Declaración y la NIIF 2 podrán reducirse en el futuro cuando el IASB Y FASB consideran si realizar trabajos adicionales para hacer más convergentes sus respectivas normas contables sobre el pago basado en acciones. El 29 de marzo de 2005, el personal de la Comisión de Bolsa y Valores de los Estados Unidos publicó el Boletín de Contabilidad del Personal 107, que trata sobre las valuaciones y otras cuestiones contables para acuerdos de pago basado en acciones por parte de las empresas públicas conforme a FASB Statement 123R Share-Based Pago. En el caso de las sociedades anónimas, las valoraciones según la Norma 123R son similares a las de la NIIF 2 Pagos basados ​​en acciones. La SAB 107 ofrece orientación sobre las transacciones de pago basadas en acciones con no empleados, la transición del estado no público a la entidad pública, los métodos de valoración (incluidos los supuestos como la volatilidad esperada y el plazo esperado), la contabilización de ciertos instrumentos financieros reembolsables emitidos en virtud del pago basado en acciones La clasificación del gasto de compensación, las medidas financieras no GAAP, la adopción por primera vez de la Declaración 123R en un período intermedio, la capitalización del costo de compensación relacionado con acuerdos de pago basado en acciones, la contabilización de los efectos del impuesto sobre la renta de los acuerdos de pagos basados ​​en acciones En la adopción de la Declaración 123R, la modificación de las opciones sobre acciones de los empleados antes de la adopción de la Declaración 123R y las divulgaciones en la discusión y análisis de las Administradoras (MDampA) posterior a la adopción de la Declaración 123R. Una de las interpretaciones en el SAB 107 es si hay diferencias entre la Declaración 123R y la NIIF 2 que daría lugar a un punto de conciliación: Pregunta: ¿El personal cree que hay diferencias en las provisiones de medición para acuerdos de pagos basados ​​en acciones con empleados bajo Contabilidad Internacional Standard Standards Norma Internacional de Información Financiera 2, Pagos Basados ​​en Acciones (IFRS 2) y Declaración 123R que resultaría en un ítem de conciliación bajo el ítem 17 o 18 del Formulario 20-F Respuesta Interpretativa: El personal cree que la aplicación de la guía proporcionada por las NIIF 2 con respecto a la medición de las opciones de acciones de los empleados generalmente daría lugar a una medición del valor razonable que sea consistente con el objetivo del valor razonable establecido en la Declaración 123R. En consecuencia, el personal cree que la aplicación de las orientaciones sobre la medición de la Norma 123R no daría por lo general un elemento de conciliación que debía notificarse en el punto 17 o 18 del Formulario 20-F para un emisor privado extranjero que hubiera cumplido con las disposiciones de la NIIF 2 para la acción Con los empleados. Sin embargo, el personal recuerda a los emisores privados extranjeros que existen ciertas diferencias entre la orientación en la NIIF 2 y la Declaración 123R que puede resultar en la conciliación de los elementos. Notas de pie de página omitidas Haga clic para descargar: Marzo de 2005: Bear, Stearns Estudio sobre el Impacto de Expensar Opciones de Acciones en los Estados Unidos Si las compañías públicas estadounidenses hubieran tenido que gastar opciones de acciones de empleados en 2004, A partir del tercer trimestre de 2005: el ingreso neto después de impuestos de las operaciones continuadas de las compañías SampP 500 habría sido reducido en 5, y el ingreso neto después de impuestos del NASDAQ 100 de 2004 de las operaciones continuas habría sido reducido en 22. Las Son hallazgos clave de un estudio realizado por el grupo de Equity Research en Bear, Stearns amp Co., Inc. El propósito del estudio es ayudar a los inversionistas a medir el impacto que tendrán las opciones de acciones de los empleados en las ganancias de 2005 de las compañías públicas estadounidenses. El análisis de Bear, Stearns se basó en las revelaciones de opciones sobre acciones de 2004 en los 10Ks más recientes de las empresas que eran SampP 500 y NASDAQ 100 constituyentes al 31 de diciembre de 2004. Las muestras del estudio presentan los resultados por empresa, por sector y por industria. Los visitantes de IAS Plus probablemente encontrarán el estudio de interés porque los requisitos de FAS 123R para las empresas públicas son muy similares a los de la NIIF 2. Agradecemos a Bear, Stearns por darnos permiso para publicar el estudio sobre IAS Plus. El informe sigue siendo propiedad de Bear, Stears amp Co., Inc. Todos los derechos reservados. Haga clic para descargar Impacto de Ganancias 2004 de Opciones de Stock en el SampP 500 amp NASDAQ 100 Ganancias (PDF 486k). Noviembre de 2005: Standard amp Poors Estudio sobre el impacto de las opciones de compra de acciones En noviembre de 2005, Standard amp Poors publicó un informe sobre el impacto de la compra de opciones sobre acciones en las compañías SampP 500. El FAS 123 (R) requiere la contabilización de las opciones sobre acciones (obligatorio para la mayoría de los registrantes de la SEC en 2006). La NIIF 2 es casi idéntica a la FAS 123 (R). SampP encontró: El gasto de opción reducirá las ganancias de SampP 500 en 4.2. La tecnología de la información es la que más afecta, reduciendo las ganancias en 18. Las razones P / E para todos los sectores se incrementarán, pero se mantendrán por debajo de los promedios históricos. El impacto de la opción de gastos en el Standard amp Poors 500 será notable, pero en un entorno de ganancias récord, altos márgenes y históricamente bajos de los índices de precio de operación a los beneficios, el índice está en su mejor posición en décadas para absorber el gasto adicional . SampP tiene problemas con aquellas empresas que tratan de enfatizar las ganancias antes de deducir el gasto de opciones de acciones y con aquellos analistas que ignoran la opción de gastos. El informe enfatiza que: Standard amp Poors incluirá y reportará el costo de la opción en todos sus valores de ganancias, en todas sus líneas de negocio. Esto incluye Operaciones, Informes y Núcleo, y se aplica a su trabajo analítico en los Índices SampP Domésticos, Informes de Acciones, así como sus estimaciones a futuro. Incluye todos sus productos electrónicos. La comunidad de inversión se beneficia cuando tiene información y análisis claros y consistentes. Una metodología de ganancias consistente que se base en normas y procedimientos contables aceptados es un componente vital de la inversión. Al apoyar esta definición, Standard amp Poors está contribuyendo a un entorno de inversión más confiable. El debate actual sobre la presentación por las empresas de los resultados que excluyen los gastos por opción, generalmente referidos como ingresos no GAAP, habla al corazón del gobierno corporativo. Además, se alienta a muchos analistas de capital a basar sus estimaciones en ganancias no GAAP. Si bien no esperamos una repetición de las ganancias pro forma EBBS (Ganancias antes de malas cosas) de 2001, la capacidad de comparar asuntos y sectores depende de un conjunto aceptado de reglas contables observadas por todos. Con el fin de tomar decisiones de inversión informadas, la comunidad inversora requiere datos que se ajustan a los procedimientos contables aceptados. De mayor preocupación es el impacto que tal presentación alternativa y cálculos podrían tener sobre el nivel reducido de confianza en la fe y los inversionistas puestos en los informes de la empresa. Los eventos de gobierno corporativo de los últimos dos años han erosionado la confianza de muchos inversionistas, confianza que llevará años ganar. En una era de acceso instantáneo y lanzamientos cuidadosamente escritos de inversionistas, la confianza es ahora un tema importante. Enero de 2008: Modificación de la NIIF 2 para aclarar las condiciones de adquisición y las cancelaciones El 17 de enero de 2008, el IASB publicó enmiendas definitivas a la NIIF 2 Pagos basados ​​en acciones para aclarar los términos de las condiciones de adquisición y cancelaciones como sigue: . Otras características de un pago basado en acciones no son condiciones de consolidación. Con arreglo a la NIIF 2, las características de un pago basado en acciones que no sean condiciones de consolidación deben incluirse en el valor razonable de la fecha de concesión del pago basado en acciones. El valor razonable también incluye las condiciones de adquisición relacionadas con el mercado. Todas las cancelaciones, ya sea por la entidad o por otras partes, deben recibir el mismo tratamiento contable. Con arreglo a la NIIF 2, la cancelación de instrumentos de patrimonio se contabiliza como una aceleración del período de carencia. Por lo tanto, cualquier cantidad no reconocida que de otro modo habría sido cargada se reconocerá inmediatamente. Los pagos efectuados con la cancelación (hasta el valor razonable de los instrumentos de patrimonio) se contabilizan como la recompra de una participación accionaria. Cualquier pago que exceda el valor razonable de los instrumentos de patrimonio concedidos se reconoce como un gasto. La Junta había propuesto la enmienda en un proyecto de ley de exposición el 2 de febrero de 2006. La enmienda es efectiva para los períodos anuales que comiencen en o después del 1 de enero de 2009, permitiendo la aplicación anterior. Deloitte ha publicado una Edición Especial de nuestro Boletín IAS Plus explicando las enmiendas a la NIIF 2 para las condiciones de irrevocabilidad y cancelaciones (PDF 126k). Junio ​​de 2009: El IASB modifica la NIIF 2 para las transacciones de pago basadas en acciones del grupo liquidadas en efectivo, retira los IFRIC 8 y 11 El 18 de junio de 2009, el IASB emitió enmiendas a la NIIF 2 Pagos basados ​​en acciones, Pago. Las enmiendas aclaran cómo una filial individual de un grupo debe contabilizar algunos acuerdos de pagos basados ​​en acciones en sus propios estados financieros. En estos acuerdos, la filial recibe bienes o servicios de empleados o proveedores, pero su matriz u otra entidad del grupo debe pagarlos. Las enmiendas aclaran que: Una entidad que recibe bienes o servicios en un acuerdo de pago basado en acciones debe contabilizar esos bienes o servicios, independientemente de que entidad del grupo resuelva la transacción y no importa si la transacción se liquida en acciones o en efectivo . En la NIIF 2, un grupo tiene el mismo significado que en la NIC 27 Estados Financieros Consolidados y Separados. Es decir, incluye sólo una matriz y sus filiales. Las enmiendas a la NIIF 2 también incorporan la orientación previamente incluida en la CINIIF 8 Alcance de la NIIF 2 y la IFRIC 11 IFRS 2Grupo y las Transacciones con Acciones propias. Como resultado, el IASB ha retirado la CINIIF 8 y la CINIIF 11. Las enmiendas son efectivas para los períodos anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2010 y deben aplicarse retrospectivamente. Se permite la aplicación anterior. Haga clic para el comunicado de prensa del IASB (PDF 103k). Junio ​​de 2016: El IASB aclara la clasificación y la medición de las operaciones de pago basadas en acciones El 20 de junio de 2016, el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB) publicó enmiendas definitivas a la NIIF 2 que aclaran la clasificación y la medición de las transacciones basadas en acciones: Las transacciones de pago basadas en acciones con liquidación que incluyen una condición de rendimiento Hasta ahora, la NIIF 2 no contenía ninguna orientación sobre cómo las condiciones de consolidación de beneficios afectan al valor razonable de los pasivos por pagos basados ​​en acciones liquidados en efectivo. El IASB ha agregado ahora una guía que introduce los requisitos contables para pagos basados ​​en acciones basados ​​en efectivo que siguen el mismo enfoque utilizado para los pagos basados ​​en acciones basados ​​en acciones. Clasificación de las operaciones de pago basadas en acciones con características de liquidación neta El IASB ha introducido una excepción en la NIIF 2 de manera que un pago basado en acciones donde la entidad liquida el acuerdo de pago basado en acciones neto se clasifica como liquidado en su totalidad, El pago basado en activos se habría clasificado como liquidado por capital si no hubiera incluido la característica de liquidación neta. Contabilización de las modificaciones de las operaciones de pago basadas en acciones desde la liquidación en efectivo hasta la liquidación de acciones Hasta ahora, la NIIF 2 no se refería específicamente a situaciones en las que un pago basado en acciones liquidado en efectivo cambiaba a un pago basado en acciones los terminos y condiciones. El IASB ha introducido las siguientes aclaraciones: En tales modificaciones, el pasivo original reconocido con respecto al pago basado en acciones liquidado en efectivo es dado de baja y el pago basado en acciones liquidado en patrimonio se reconoce a la fecha de modificación el valor razonable en la medida en que los servicios Han sido prestados hasta la fecha de modificación. Cualquier diferencia entre el importe en libros del pasivo a la fecha de modificación y el importe reconocido en el patrimonio neto a la misma fecha se reconocería en resultados inmediatamente. El material en este sitio web es 2016 Deloitte Global Services Limited, o una firma miembro de Deloitte Touche Tohmatsu Limited, o una de sus entidades relacionadas. Consulte Legal para obtener información adicional sobre derechos de autor y otra información legal. Deloitte se refiere a uno o más de Deloitte Touche Tohmatsu Limited, una compañía privada británica limitada por garantía (DTTL), su red de firmas miembro y sus entidades relacionadas. DTTL y cada una de sus firmas miembro son entidades legalmente independientes y separadas. DTTL (también conocida como Deloitte Global) no proporciona servicios a los clientes. Vea por favor deloitte / about para una descripción más detallada de DTTL y de sus firmas miembro. Lista de correcciones para la separación de palabras Estas palabras sirven como excepciones. Una vez introducidos, sólo se hifen en los puntos de hifenización especificados. Cada palabra debe estar en una línea separada. Página no encontrada sobre Manning Elliott LLP - Contadores profesionales autorizados Manning Elliott LLP ha evolucionado en una firma de contabilidad de verdaderamente excepcionales profesionales contadores profesionales que han creado una cultura de alto rendimiento, enfoque y trabajo - Balance de vida. Los clientes canadienses, estadounidenses e internacionales se benefician de nuestra amplia gama de servicios especializados de contabilidad y tributación. Nuestro equipo se beneficia de un lugar de trabajo adecuado centrado en el desarrollo profesional y la satisfacción del cliente. Le invitamos a obtener más información sobre Manning Elliott, Vancouver contadores profesionales. Asociaciones de afiliados del sitio Opciones de compra de acciones de Employer IFRS 2 y Topic 718 (FAS 123R) A continuación se describe un resumen de las normas de contabilidad financiera para las empresas que emiten pagos basados ​​en acciones, tales como opciones de acciones de los empleados (ESO) o derechos de apreciación de acciones (SARs). Cada resumen contiene una breve descripción de la normativa contable, ya que sólo se aplica a la valoración. No se especifican los métodos necesarios para los pagos basados ​​en acciones, ni cómo se tratan los impuestos. Para una descripción más completa y detallada de cada estándar, se recomienda visitar el sitio web respectivo de los emisores. La Norma IFRS 2 exige que todos los pagos basados ​​en acciones se reconozcan como un gasto, a la medición del valor razonable, a menos que, para las transacciones con liquidación de capital , Ese valor razonable no puede ser estimado confiablemente. La NIIF 2 abarca la emisión de acciones, o derechos sobre acciones, a cambio de servicios y bienes. Ejemplos incluyen derechos de apreciación de acciones, planes de compra de acciones de empleados, etc. El Tema 718 obliga a que todas las entidades reconozcan el costo de las opciones sobre acciones de los empleados (OEN) en sus estados financieros a la medición del valor razonable. Lo mismo se aplica a otros pagos en base a acciones en forma de opciones, acciones y derechos de apreciación de acciones (SARs) otorgados a los empleados. La declaración permite a las entidades utilizar cualquier modelo de precios de opciones, pero prefiere los modelos de celosía. Cómo FINCAD puede ayudar a las soluciones de FINCAD contienen varios modelos de precios de opción incluyendo Black-Scholes, celosía y modelos básicos y avanzados Hull-White para valorar las opciones de acciones de los empleados. Las soluciones de Excel también contienen libros de ejercicios completos de ESO. Soluciones FINCAD aplicables: Solicite una demostración gratuita de una de las soluciones anteriores Esperamos que esta información le ayude, pero no debe utilizarse o utilizarse como sustituto de su propia investigación independiente. Para una visión más completa de las normas / requisitos, visite el sitio web respectivo de los emisores.

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